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COMPROMISOS

DESCRIPCION
1. Administrar y ejecutar los procesos de admisión a base de méritos y oposición para el ingreso a los programas de formación, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Académico expedido por el Consejo de Educación Superior.
10. Emitir las certificaciones pertinentes sobre asistencias y rendimiento académico de los estudiantes cuando lo requiera la Unidad Asistencial Docente.
11. Proveer a los establecimientos de salud de bibliotecas físicas y virtuales, material académico necesario, así como materiales didácticos de vanguardia (computadora, proyector, pizarra y otros) para la formación, acorde a las especializaciones en el campo de la salud de los posgradistas.
12. Facilitar el acceso a los laboratorios y equipamiento necesario, a los estudiantes para su proceso de aprendizaje e investigación.
13. Remitir el Plan de Rotaciones a desarrollarse dentro de las Unidades Asistenciales Docentes.
14. Controlar y realizar el proceso de evaluación al desempeño académico de los estudiantes.
15. Garantizar el nombramiento del profesional docente tutor asistencial como profesor invitado, cuando este no pertenezca a la planta docente de la IES.
16. Establecer las líneas de investigación con el Comité de Coordinación Asistencial Docente, de acuerdo con las necesidades y prioridades del Sistema Nacional de Salud y acorde a la bioética.
17. Velar por que los estudiantes acaten y cumplan los reglamentos y disposiciones emitidas por las Unidades Asistenciales Docentes, en las cuales se desarrollarán su rotación.
18. Asumir económicamente los daños producidos en las instalaciones, infraestructura hospitalaria, equipamiento médico y tecnológico, así como la mala utilización de los insumos médicos realizado por sus estudiantes en el establecimiento de salud.
19. Garantizar que los estudiantes, docentes tutores asistenciales y docentes cumplan con el Código de Ética Médica, las disposiciones académicas y disciplinarias, así como las normas de convivencia de la institución de educación superior y de la Unidad Asistencial Docente en donde se encuentre desarrollando su formación académica, sin que ello establezca una relación laboral ni dependencia alguna.
2. Suscribir el acta de compromiso para la formación del aprendizaje teórico práctico entre la universidad y el estudiante, previo al ingreso en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud Pública.
20. Dar cabal y oportuno cumplimiento a las labores asignadas por los docentes tutores asistenciales, docentes y personal de servicio donde se encuentren realizando la formación académica.
21. Garantizar el cuidado por parte de los estudiantes, docentes tutores asistenciales y docentes, del equipamiento médico materiales e insumos que se encuentren en los establecimientos de salud, y que son utilizados para su formación académica.
22. Equipar de manera adecuada el lugar de residencia en donde sus estudiantes realizarán las horas de descanso, acorde al espacio que provea el establecimiento de salud.
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