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COMPROMISOS

DESCRIPCION
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán sus prácticas preprofesionales en la Dirección de Cooperación.
2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas preprofesionales, conforme a lo contemplado en el artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con la Dirección de Cooperación.
3. Establecer un formato de prácticas preprofesionales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
4. Supervisar periódicamente las prácticas preprofesionales que realizan los estudiantes en las diferentes unidades académicas o administrativas.
5. Comunicar oportunamente a la Dirección de Cooperación la ausencia a las prácticas preprofesionales por parte de los estudiantes.
6. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas preprofesionales distribuidas a lo largo de la carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos.
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