DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán las prácticas pre profesionales en la UCOOPPANE.
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2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas pre profesionales conforme al artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con la UCOOPPANE.
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3. Establecer un formato de prácticas pre profesionales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
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4. Supervisar periódicamente las prácticas pre profesionales que realizan los estudiantes en la UCOOPPANE.
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5. Mantener reuniones entre la Coordinación de Carrera y el personal responsable del sector de aplicación.
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6. Comunicar oportunamente con la UCOOPPANE la ausencia a las prácticas pre profesionales o pasantías por parte de los estudiantes.
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7. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas pre profesionales de formación académica distribuidas a lo largo de la Carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos.
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