DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán las prácticas pre profesionales de formación académica en el INSTITUTO
|
2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas pre profesionales de formación académica, conforme al artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con en el INSTITUTO.
|
3. Establecer un formato de prácticas pre profesionales de formación académica con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
|
4. Supervisar periódicamente las prácticas pre profesionales de formación académica que realizan los estudiantes en el INSTITUTO.
|
5. Mantener reuniones entre la Coordinación de Carrera y el personal responsable del sector de aplicación.
|
6. Comunicar oportunamente con el INSTITUTO, la ausencia a las prácticas pre profesionales de formación académica por parte de los estudiantes.
|
7. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas pre profesionales de formación académica distribuidas a lo largo de la Carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos. |
|