DESCRIPCION |
1. No podrán convenir actividades respecto de asuntos confidenciales, de seguridad nacional o aquellos prohibidos legalmente.
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2. Cuando las actividades medie erogación económica, se podrán suscribir los contratos que corresponda, de conformidad con la legislación vigente.
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3. En los convenios específicos deberá constar entre otros: los objetivos particulares y generales, las actividades a realizar, los compromisos y las estimación de las contraprestaciones de las partes, el lugar de ejecución, las unidades ejecutoras responsables, los plazos de vigencia y eventuales prórrogas, el responsable de realizar los pagos que correspondan.
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