DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes la realización de prácticas preprofesionales en el GAD Provincial de Imbabura.
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2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas preprofesionales conforme a lo contemplado en el artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con el GAD Provincial de Imbabura.
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3. Establecer un formato de prácticas preprofesionales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
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4. Supervisar periódicamente las prácticas preprofesionales que realizan los estudiantes en las diferentes instituciones.
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5. Mantener reuniones entre la Coordinación de Carrera y el personal responsable del sector de aplicación.
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6. Comunicar oportunamente al GAD Provincial de Imbabura la
ausencia a las prácticas preprofesionales por parte de los estudiantes.
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7. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas preprofesionales distribuidas a lo largo de la Carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos.
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8. Los estudiantes deberán de firmar un acta de compromiso para
la realización de las actividades de prácticas preprofesionales, donde se estipule que es su responsabilidad cumplir con las medidas de bioseguridad necesarias y obligatorias en el desempeño de cada actividad, además se deslinda a la Universidad de cualquier tipo de responsabilidad de salud, administrativa, civil o penal. |
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