DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes para la realización de prácticas preprofesionales de formación académica en MUTUALISTA IMBABURA;
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2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas preprofesionales conforme a lo contemplado en el artículo 44, inciso tercero del Reglamento de Régimen Académico expedido por el CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes o pasantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con MUTUALISTA IMBABURA;
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3. Establecer un formato de prácticas preprofesionales de formación académica con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes;
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4. Supervisar periódicamente las prácticas preprofesionales de formación académica que realizan los estudiantes en las diferentes instituciones;
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5. Mantener reuniones entre el administrador del convenio y el personal responsable de MUTUALISTA IMBABURA;
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6. Comunicar oportunamente a MUTUALISTA IMBABURA la ausencia a las prácticas preprofesionales de formación académica por parte de los estudiantes; y,
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7. En el caso de que el proceso de prácticas preprofesionales o pasantías en la institución receptora no se ajuste a lo establecido en el plan de trabajo, el tutor deberá establecer los correctivos correspondientes. |
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