DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes para la realización de prácticas y actividades asistenciales en la SOMHE.
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2. Designar a un docente tutor académico para prácticas y actividades asistenciales según los programas de grado o posgrado aprobado por el Consejo de Educación Superior.
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3. Establecer un formato de prácticas y actividades asistenciales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
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4. Supervisar periódicamente las prácticas y actividades asistenciales que realizan los estudiantes del programa en distintos escenarios.
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5. Coordinar reuniones entre el administrador del convenio y el personal responsable de la SOMHE con el objeto de generar mejora continua en los procesos.
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6. Comunicar oportunamente a la SOMHE la ausencia a prácticas y actividades asistenciales por parte de los estudiantes.
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7. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas y actividades asistenciales, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos.
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8. En el caso de que el proceso de prácticas y actividades asistenciales en la institución receptora no se ajuste a lo establecido en el plan de trabajo, el tutor deberá establecer los correctivos correspondientes.
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