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COMPROMISOS

DESCRIPCION
b) El Vicerrectorado de Investigación, se compromete a: 1. Vincular al estudiante con las actividades del proyecto, que se requiera con el medio en el cual desarrollará su actividad profesional.
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán sus prácticas preprofesionales en el Vicerrectorado de Investigación.
10. Solicitar la colaboración de los estudiantes para la realización de las diferentes actividades planificadas en el Vicerrectorado de Investigación
11. Organizar la participación de los estudiantes en eventos especiales y de capacitación que organice el Vicerrectorado de Investigación
12. Propiciar conferencias, charlas, etc. sobre temas de investigación de acuerdo a la necesidad del estudiante y el Vicerrectorado de Investigación.
13. Garantizar al estudiante la estabilidad y el respeto en las prácticas durante la duración de la carta compromiso.
14. Comunicar oportunamente a la coordinación de carrera, la inasistencia a las prácticas preprofesionales por parte de los estudiantes.
2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas preprofesionales, conforme a lo contemplado en el artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con el Vicerrectorado de Investigación.
2. Permitir al estudiante aplicar conocimientos teórico-prácticos a situaciones reales.
3. Establecer un formato de prácticas preprofesionales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes.
3. Involucrar al estudiante en el trabajo de equipo, relacionándolo con el personal que conforma la unidad académica o administrativa.
4. Aceptar el ingreso, permitir y facilitar el uso de las instalaciones, equipos por parte del estudiante.
4. Supervisar periódicamente las prácticas preprofesionales que realizan los estudiantes en las diferentes unidades académicas o administrativas.
5. Comunicar oportunamente al Vicerrectorado de Investigación, la ausencia a las prácticas preprofesionales por parte de los estudiantes.
5. El Vicerrectorado de Investigación deberá presentar ante el coordinador docente del proyecto, un informe sobre las actividades cumplidas y el control de asistencia de los estudiantes y/o los egresados, en el que certifique su óptima intervención.
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