DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán sus prácticas de servicio comunitario en el Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte. |
2. Designar a un docente tutor académico para las prácticas de servicio comunitario, conforme a lo contemplado en el artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien supervisará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con el Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte. |
3. Establecer un formato de prácticas de servicio comunitario con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes. |
4. Supervisar periódicamente las prácticas de servicio comunitario que realizan los estudiantes en las diferentes unidades académicas o administrativas. |
5. Comunicar oportunamente al Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte, la ausencia a las prácticas de servicio comunitario por parte de los estudiantes. |
6. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas de servicio comunitario distribuidas a lo largo de la carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos. |
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