DESCRIPCION |
1. Seleccionar a los estudiantes que realizarán sus prácticas preprofesionales en el Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte. |
2. Designar a un docente tutor académico para la realización de las prácticas preprofesionales, conforme a lo contemplado en el artículo 44 del Reglamento de Régimen Académico del CES, quien coordinará, monitoreará y evaluará las actividades de los estudiantes practicantes y establecerá el vínculo comunicativo pertinente con el Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte. |
3. Establecer un formato de prácticas preprofesionales con parámetros que evalúen en forma integral el desempeño de los estudiantes. |
4. Supervisar periódicamente las prácticas preprofesionales que realizan los estudiantes en las diferentes unidades académicas o administrativas. |
5. Comunicar oportunamente a la Departamento de Vinculación de la Universidad Técnica del Norte, la ausencia a las prácticas preprofesionales por parte de los estudiantes. |
6. Los estudiantes estarán en la obligación de cumplir con las horas de prácticas preprofesionales distribuidas a lo largo de la carrera, sujetándose a la planificación académica y horarios establecidos. |
|