DESCRIPCION |
1. Planificar, monitorear y evaluar mediante la designación de un tutor académico, en coordinación con un responsable nombrado por el RECEPTOR, la ejecución de las prácticas. |
2. Incluir en la planificación de cada cátedra, mediante el tutor académico de la práctica, las actividades, orientaciones académicas-investigativas y los correspondientes métodos de evaluación. |
3. Diseñar un plan de actividades académicas que el PRACTICANTE desarrollará en las áreas de trabajo del RECEPTOR, a través del tutor designado. |
4. Acordar con el RECEPTOR, respetando las posibilidades y conveniencia de ambas partes, las fechas y número de horas que tendrá que cumplir cada PRACTICANTE. |
5. Reubicar a los PRACTICANTES, de manera inmediata, en otro lugar de práctica, en caso de incumplimiento de los compromisos por parte del RECEPTOR. |
6. Difundir la relación de cooperación con el RECEPTOR en los medios de comunicación, redes sociales y páginas web establecidas para el efecto. |
7. Los practicantes de servicios de salud que vayan como parte de sus actividades a realizar la correcta clasificación en la fuente de los desechos generados o estarán expuestos a riesgos de accidentes deberán:
a) Firmar un consentimiento informado donde se exime de responsabilidad a la CRE JPI en caso de incidentes o accidentes por exposición a agentes biológicos por objetos cortopunzantes, derrames y salpicaduras.
b) Presentar los carnets de vacunas conforme el esquema requerido para hacer actividades dentro del servicio de salud.
c) La entidad educativa deberá certificar (de ser posible) que el estudiante cuenta con seguro activo en caso de accidentes.
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