DESCRIPCION |
1. La autoridad académica que corresponda, en la cual estudiará el estudiante de intercambio, lo autorizará por escrito para cursar las asignaturas el semestre académico equivalentes al que debería cursar en la Universidad de Origen y para realizar sus prácticas pre profesionales, si existe disponibilidad, deberá asignar la empresa u organización donde el estudiante intervendría. Así mismo, procurará que el estudiante pueda incluir aquellas asignaturas del semestre de su plan de estudios, cuya ubicación no coincida con las correspondientes al semestre de la Universidad Anfitriona al cual ingresa. |
2. La autoridad académica o administrativa que corresponda, una vez que el estudiante termine su periodo de intercambio deberá enviar a la universidad de origen las notas para la revisión y respectiva homologación. |
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